Título de Director de Ocio y Tiempo Libre Región de Murcia

300.00

Descripción

Cursos de segundo nivel: Director de tiempo libre y Animador juvenil

El curso de Director de Tiempo Libre tiene por objeto la formación de personas capaces de coordinar y dirigir un equipo de monitores para la organización de actividades socioculturales y recreativas destinadas a la infancia y juventud, tanto en el medio urbano como en la naturaleza.

El curso de Animador Juvenil tiene por finalidad formar personas para la realización de actividades socioculturales con grupos de jóvenes en el marco de asociaciones o entidades de carácter juvenil.

Condiciones de acceso: 

Para inscribirse en los cursos de Director de Tiempo Libre o Animador Juvenil, será necesario cumplir una de las siguientes condiciones:

  • Tener una edad mínima de 18 años, o cumplirlos en el desarrollo del curso, estar en posesión del Diploma de Monitor de Tiempo Libre y una formación académica mínima de Bachiller, Bachiller Superior, BUP, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
  • Tener una edad superior a 21 años y acreditar una experiencia suficiente en el ejercicio de la animación y educación en el tiempo libre, a juicio de la Escuela, que como mínimo deberá ser de dos años de actividad continuada en una entidad o institución, o de cuatro años de actividades no continuadas, así como tener titulación académica mínima de Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado, o equivalente.

Los cursos de Director de Tiempo Libre y de Animador Juvenil tienen una duración mínima de 300 horas. 

Etapa teórica:

  • Tiene una duración mínima de 200 horas lectivas.
  • Esta etapa formativa no puede impartirse en un periodo inferior a 60 días.
  • Del conjunto de materias de esta etapa formativa el 80% se dedicará a los contenidos mínimos descritos en el programa adjunto y el 20 % restante a la formación específica que proponga cada Escuela.

Etapa de prácticas:

  • Tiene una duración mínima de 100 horas.
  • Puede realizarse en una actividad organizada que implique un mínimo de 11 días consecutivos y residencia en el marco de la propia actividad (Campamento, albergue, colonia, campo de trabajo…).
  • Igualmente puede realizarse, durante seis meses contabilizando 100 horas, en una asociación o institución de tiempo libre que realice actividades con niños y/o jóvenes. 

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